GENERALIDADES SOBRE LA Todos hemos de afrontar los riesgos de vernos involucrados en múltiples tipos de accidentes e incidentes al cabo del día, siendo éstos en muchos casos ocasionados por actuaciones (u omisiones) ajenas no diligentes. Esa falta de cuidado podría determinar su responsabilidad en los mismos por su conexión con lo sucedido.
En estos casos se crea un vínculo entre dos partes, el que actúa (o no actúa) de una determinada forma, y el que sufre los efectos de dicha actuación (u omisión). Dicho vínculo es el daño soportado por esta última, que no se encontraba ligada con la primera por Contrato o Acuerdo alguno.
De ahí que se hable jurídicamente de “Responsabilidad Civil Extracontractual”, contenida en nuestro Código Civil, cuando de lo que se trata es de determinar quién causó los daños sufridos y a cuánto ascendieron los mismos, de forma que se fije una Compensación económica razonable para el que los sufrió.
En definitiva, se trata de asegurar la justicia para la víctima que sufrió ese perjuicio, tratando de evitar que lo sucedido pudiera repetirse en el futuro, dando lugar a nuevos daños o a una intensificación en las consecuencias de los ya habidos.
» Los diferentes tipos de daños
Podríamos delimitar tres ámbitos diferentes en los que clasificar los distintos tipos de daños:
Un caso típico sería quien, en un campo de fútbol, tira un botellín lleno de agua al árbitro. Lógicamente, en este caso, además de enfrentarse a un delito o falta de lesiones, habría de indemnizar al colegiado por el daño físico que le ocasionó.
Ejemplo en este supuesto sería el caso de quien, conduciendo habiendo bebido, atropelló a otra persona. Sabía perfectamente del peligro que podía causar, y aún así decidió ponerse al volante.
Ello podría dar lugar a un Delito (por Imprudencia Temeraria, o incluso, si falleciera el atropellado, por Homicidio Imprudente), además de la necesaria indemnización a la víctima o a su familia (si ésta hubiera fallecido).
Sería ejemplo de esto el caso de que una persona sufriera una caída en un establecimiento abierto al público, debido a que el suelo no se encontraba limpio o en buen estado (por ejemplo, por haber algún charco).
Como vemos, los casos de responsabilidad civil por daños y perjuicios pueden resultar muy variados, siendo todos ellos muy específicos. Así, habría que estudiar las circunstancias concretas que tuvieron lugar en el accidente para determinar si en efecto hubo responsabilidad, así como su tipo y la cuantía de la compensación económica correspondiente.