CÓMO ACTUAR FRENTE A UN
DESPIDO IMPROCEDENTE O NULO
Cualquier despido llevado a cabo por una Empresa
debe tener la suficiente justificación. Por ello, si fueras trabajador y
hubieras sido objeto de despido sin motivo alguno, o si te hubieran despedido
por causas inadecuadas como pudieran ser tu raza u orientación sexual, o por haberte quedado embarazada si eres mujer,
tendrás posibilidad de reclamar.
Nuestro Ordenamiento Jurídico prevé diversos mecanismos de protección, contenidos en el Estatuto de los Trabajadores. Se trata de las
figuras del Despido Improcedente y el Despido Nulo.
<» b>Requisitos de estas modalidades de Despido
Pese a que cada una responde a sus propios caracteres, ambas responden a una serie de
elementos comunes, que son los siguientes:
• Antes de ser despedido
debías encontrarte ejerciendo una actividad laboral remunerada para una determinada persona o Empresa. Debía existir entre vosotros, en otras palabras, una relación laboral vinculante.
• Tu Jefe o Empresa debió finalizar de manera ilegal tu trabajo, por ejemplo forzándote a dimitir, o despidiéndote sin motivo alguno.
• No has alcanzado todavía la edad ordinaria de Jubilación (sesenta y cinco años).
» El despido por motivo de la incompetencia del trabajador
Según nuestra normativa laboral, el Despido llevado a cabo según los trámites oportunos de aquellos
trabajadores que objetivamente no responden al perfil requerido para llevar a cabo las tareas inherentes al puesto que venían desempeñando, por su falta de formación o de aptitudes, es legal o, en otras palabras, procedente (esta modalidad es el llamado Despido Objetivo), siempre que se demuestre judicialmente.
No obstante, si se hubieran dado esas circunstancias pero el Empleador llevó a cabo este
despido sin respetar las fases y trámites establecidos por la normativa, el despido sería
Improcedente.
Soluciones al alcance del trabajador que ha sido despedido improcedentemente
Para los supuestos de despido improcedente y nulo, se prevén diferentes consecuencias:
• En el caso del despido nulo, que es aquél que tuvo lugar
vulnerando los Derechos fundamentales del trabajador, previstos en la Constitución Española (por ejemplo, despedirle por participar en una huelga) o incurriendo en discriminación (por ejemplo, por quedarse embarazada una empleada); el empresario debe
readmitir al trabajador, pagándole los salarios que dejó de percibir mientras duró el litigio.
• En el caso del despido improcedente, el empresario podría
decidir entre readmitir al trabajador, pagándole los salarios dejados de percibir durante el litigio,
o satisfacer una determinada indemnización.
» Interponer una Demanda
Obviamente es
el Juez quien deberá determinar el carácter procedente, improcedente o nulo de un despido. Por ello, si hubieras sufrido un despido sería conveniente que dejaras tu caso en manos de un profesional especializado en materia laboral.
Él te asesorará y pondrá todos los medios a su alcance para asegurar el éxito de tu caso, de forma que puedas obtener una Sentencia favorable y veas tus Derechos reestablecidos.
José Alberto Andrío
www.aa-indemnizaciones.com