¿QUÉ ES UN ACCIDENTE IN ITINERE?
DIEZ PISTAS PARA RECONOCERLOS.
1 • Es el ocurrido durante el camino que ha de seguir el trabajador desde su domicilio hasta el lugar donde realiza el trabajo.
2 • El trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo debe ser el habitual, sin desviaciones anormales en su recorrido.
3 • El domicilio a efectos del accidente in itinere debe entenderse no sólo el legal donde esté empadronado, sino también el real y habitual, es decir, el punto de llegada y partida del empleado.
4 • No se suele admitir como domicilio habitual, a efectos de accidente in itinere, el de los ascendientes, padres, descendientes, hijos, u otro familiares próximos, tampoco una residencia secundaria, sino únicamente la residencia de la familia del trabajador.
5 • Debe existir una interrelación, conexión, o nexo causal entre el domicilio y el trabajo, ya que el accidente debe tener como origen la actividad laboral del trabajador asegurado, de forma que en todo siniestro que no obedezca a esta causa, podría ser calificado de accidente de tráfico, o de otra naturaleza, pero no de trabajo.
6 • No se considera accidente de trabajo in itinere cuando la finalidad principal y directa del camino no está relacionada con el trabajo; Ejemplo: Cuando el accidente se produce en un momento alejado del comienzo del trabajo (20 horas del Domingo); Cuando no hay idoneidad del trayecto, (el accidente se produce a gran distancia del centro de trabajo o en un recorrido que es anormal para incorporarse al mismo.); o utilizando medios de transporte que no son idóneos, (un tractor, una mula mecánica, un corta césped, ....).
7 • La conducta del trabajador en su desplazamiento para ir o volver al trabajo debe responder a patrones normales de convivencia, usos sociales habituales ejemplo: Es in itinere el vendedor que cenó con un cliente, va a recoger su vehículo, se lo han robado, presenta denuncia en Comisaría, lo recupera y al regresar a su domicilio, fallece en colisión a las 4 de la madrugada.
8 • No es accidente in itinere cuando el afectado se dirigía a un acto público o privado de su interés; en un itinerario que no era normal, dando un gran rodeo, y transcurridas 7 horas de la salida de su trabajo se produce el accidente.
9 • Tampoco es in itinere cuando el accidente acontece existiendo una conducta temeraria del causante que, omite las más elementales normas de prudencia en la conducción; hace caso omiso de las señales de tráfico; estrellándose contra un obstáculo que conocía por recorrer ese camino todos los días; conduce con elevado nivel de alcohol en sangre, muy superior al permitido y por un camino sin asfaltar, en noche cerrada, sin luces y con una motocicleta.
10 • Por regla general se deniega la calificación de accidente de trabajo a las enfermedades o dolencias que se manifiestan en el trayecto de ida o vuelta al trabajo, tales como infartos de miocardio, aneurismas, lesiones vasculares y cerebrales, etc., por entender que son procesos morbosos de distinto origen, y no son lesiones súbitas y repentinas producidas por un agente externo, entendiéndose que no les alcanza la presunción de laboralidad.