INDEMNIZACIÓN POR UNA LESIÓN DERIVADA
DE LA FORMACIÓN INADECUADA DEL TRABAJADOR
POR LA EMPRESA
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales impone a los empresarios diversos deberes, entre los que se encuentra el de formar adecuadamente a sus trabajadores. Dicha formación se refiere a aquellas tareas que pudieran entrañar un peligro para su salud y su seguridad, pues aún con los mejores medios materiales, podría darse un accidente por su uso indebido.
Sin embargo, tristemente se producen hoy día numerosos accidentes derivados del incumplimiento por parte del empresario de enseñar las medidas de seguridad y protección básicas a sus empleados; cuyas consecuencias pueden oscilar entre las lesiones leves y el fallecimiento del trabajador.
Se podrían citar aquí diversos ejemplos de lesiones causadas por la formación inapropiada del trabajador:
El empresario es responsable en definitiva de verificar que sus trabajadores presenten las condiciones oportunas para desarrollar las tareas que entraña su puesto, así como de poner en sus manos el instrumental y la formación necesaria para asegurar que se realizan de forma segura.
También es responsable el empleador de asegurarse de que los procedimientos y protocolos se siguen adecuadamente, dando a sus trabajadores indicaciones sobre cómo actuar en caso de emergencia. Ello es especialmente importante de cara a empleados especialmente vulnerables: jóvenes, mujeres embarazadas o nuevos trabajadores.
Ten en cuenta, eso sí, que una vez recibidas las indicaciones de seguridad es responsabilidad tuya seguirlas y acatarlas, y cualquier lesión que pudieras sufrir por no atenerte a ellas sería tu propia responsabilidad.
En todo caso, si no se te hubiera instruido, o se te hubiera formado inadecuadamente, podrías reclamar de tu empresario por los daños sufridos a causa de esa deficiente preparación. Y ello no tiene por qué afectar a tu empleo en el futuro: tan solo pides lo que es justo.
José Alberto Andrío
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