|
¿PUEDO PEDIR INDEMNIZACIÓN POR ACOSO SEXUAL?
Querido Alberto:
Te escribo muy preocupada
por la desagradable situación que estamos sufriendo en casa
por un problema laboral de mi hermana Julia, al
contarte nuestro asunto, no sólo me desahogo, sino que espero
que le puedas encontrar algún tipo de solución.
Como ya sabes, mi hermana menor comenzó
a trabajar hace poco en una importante empresa de nuestra ciudad,
sus condiciones salariales eran buenas, y su puesto concreto muy
cualificado dentro de su grupo profesional, puesto que se le contrató
como auxiliar del Director de Comercio Exterior de una multinacional.
Hace unos meses, mi hermana comenzó
a venir a casa tras acabar su jornada laboral, irritable y nerviosa.
Nadie sabía lo que le pasaba, hasta que después
de innumerables intentos de acercamiento, he conseguido saber lo
que le ocurría; paso a relatártelo.
Según Julia,
su jefe, sin ningún pudor, no cesa de hacerle continuos comentarios
escabrosos de contenido erótico y acercamientos personales
no deseados, que constituyen, según creo, un claro acoso
sexual. Dada su juventud, ella no sabe como zanjar
la situación por miedo a que no la crean.
Su jefe, según nos hemos enterado después,
no es la primera ocasión en que se ve inmerso en situaciones
de este tipo, de las que siempre ha salido bien parado, no sólo
airoso personalmente, por sus grandes habilidades sociales, sino
fortalecido desde un punto de vista empresarial, ya que ha continuado
en una imparable ascensión laboral dentro del seno de la
Empresa, es un triunfador nato y la empresa siempre mira para otro
lado en todo los que a sus "manías" se refiere.
Como su puesto está relacionado con
el Comercio Exterior, debe hacer frecuentes viajes dentro y fuera
del país, a los que obliga a mi hermana a acompañarle,
alegando que es parte del cometido de su contrato de trabajo, ya
que Julia accedió a ese puesto en la Empresa, precisamente
por su dominio de los idiomas, y por lo tanto, no sabe si puede
negarse. Y es precisamente en este contexto
de los viajes al extranjero, donde se han producido las más
desagradables y diversas situaciones de acoso reiterado, siendo
a veces muy graves.
Cuando está en la empresa procura encontrarse
con mi hermana, a ser posible a solas, y al finalizar la jornada,
cuando está tratando de ultimar su trabajo, con la guardia
baja, pensando que ya ha pasado otro día y con la clara idea
de volver a casa. Tal panorama ha producido
en ella una situación de desasosiego, ansiedad, nerviosismo
e irritación, que le ha hecho visitar a su médico
de cabecera, remitiéndole el mismo a un psicólogo
especializado en la materia.
Por estos problemas, mi hermana ha estado de
baja 225 días. Una vez que parecía estar repuesta,
volvió a su cometido laboral pidiendo un cambio de puesto
que se le denegó, y nuevamente el empresario ha vuelto a
las andadas: o la cita en su casa en horas de trabajo y allí,
sentándose a su lado, comienza con tocamientos indeseados
y le hace propuestas deshonestas o la pone en ridículo delante
de algún compañero con comentarios obscenos y fuera
de lugar. ¿Qué hacemos ante
esto?
Carmen, ya veo que la situación
es dolorosa y complicada pero debes ante todo tranquilizarte para
que, primero puedas ayudar a tu hermana, y segundo, con la cabeza
fría, puedas adoptar alguna de las posibles soluciones que
te voy a proponer.
Dadas las circunstancias por las que pasa tu hermana,
tiene que pedir una rescisión del
contrato de trabajo de acuerdo con el artículo 50
del Estatuto de los Trabajadores, aunque antes deberá tomar
otras medidas precautorias.
Es evidente que el acoso
sexual se lleva a cabo de forma clandestina y con los menos testigos
posibles, sin ningún tipo de publicidad exterior,
por lo que es prácticamente imposible una prueba directa.
Sus compañeros, aunque vean estas situaciones embarazosas,
o incluso, aunque le den su apoyo, no se comprometerán a
declarar en su contra por temor a las represalias del empleador.
Tampoco habrá evidencias
físicas, salvo en los casos de violencia. Por lo que,
será únicamente el testimonio
de la propia víctima, que tiene una especial relevancia,
con el que contaréis para evitar la impunidad de esta conducta.
Por tanto, lo primero debéis hacer es
ponerlo en conocimiento del Jugado de Instrucción para que
se abran las correspondientes diligencias penales.
Como ya te he dicho, el testimonio de la victima
puede ser prueba suficiente de cargo para conseguir una Sentencia
penal favorable, siempre que su declaración sea verosímil
y creíble desde un punto de vista objetivo y subjetivo. Es
la única forma de atacar estas situaciones.
Una vez que tengas la sentencia
penal, pide la extinción del contrato de Trabajo por incumplimiento
grave de los deberes del empresario. La ley te otorgará una
indemnización por la ruptura de la relación
laboral equivalentes a 45 días por año trabajado.
Por último y simultáneamente con
la rescisión, también podrás
pedir un resarcimiento por daños morales ocasionados por
el acoso, es una indemnización complementaria, ya
que la derivada de extinción del Contrato de Trabajo es compatible
con la reparación de los daños producidos por vulneración
de los Derechos Fundamentales, es decir, ese trastorno mixto de
ansiedad y depresión que le llevó a tu hermana a estar
de baja 225 días.
Ambas indemnizaciones son compatibles en los
supuestos de acoso moral o sexual pues:
• La indemnización por extinción del Contrato
de Trabajo no guarda relación alguna con el daño,
pues sólo se tiene en cuenta los años de prestación
de servicios y salario día.
• Los perjuicios sufridos por tu hermana exceden claramente
de la indemnización laboral tasada legalmente.
• Ambas reparaciones tienen una naturaleza absolutamente
diferenciada y responden a finales plenamente distintas.
El esquema de acción de
tu hermana debería ser:
I. Buscar un abogado
que defienda y canalice las acciones a tomar. Nosotros estamos a
tu disposición para todo lo necesario.
II. Denunciar penalmente
los hechos.
III. Denunciar ante la
Inspección de Trabajo.
IV. Pedir la rescisión
del Contrato de Trabajo al amparo del artículo 50
del Estatuto de los Trabajadores.
Carmen y Julia, agradecidas por estos consejos
acudieron a mi despacho poco tiempo después para que empezáramos
las oportunas actuaciones. Me produce una especial satisfacción
el poder hoy aquí decir que conseguimos todo lo que iniciamos:
la indemnización por rescisión del Contrato de Trabajo;
La indemnización por los daños morales ocasionados
por la angustia causada a mi cliente; y una condena penal.

¿QUIERES SABER ALGO MAS?
Entonces añade tu nombre a mi lista de correo electrónico,
recibirás artículos, consejos prácticos, avance
de noticias, seminarios, conferencias, nuevos servicios etc....
Pon tu nombre y dirección electrónica abajo, después
pulsa enviar.
Nota importante: Consideraré la información dada por
ti como confidencial, bajo ningún concepto daré tu
nombre o e mail a persona alguna.
Una vez completes la información de los cajetines, recibirás
rápidamente mi respuesta.
|