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LA COMPENSACIÓN POR NEGLIGENCIA MÉDICA
Y LOS DIFERENTES CONCEPTOS QUE INTEGRA


Las actuaciones negligentes por parte de los facultativos médicos pueden dar lugar a lesiones significativas y permanentes en aquellos pacientes cuyas lesiones y dolencias tratan. Es por ello que nuestro Sistema Jurídico reconoce el Derecho a obtener una compensación económica por las mismas, fundada en el llamado Principio de Responsabilidad Civil.


                El elemento común a cualquier negligencia médica es la falta de cuidado o de diligencia mostrada por el facultativo a la hora de realizar su labor, quedando ésta como consecuencia alejada de los estándares que vendrían a considerarse como prácticas médicas con un nivel aceptable para el tratamiento de una determinada dolencia o enfermedad.


                Nuestra Sociedad entiende que todos debemos responsabilizarnos de nuestros actos. De ese imperativo es de donde surge la necesidad de indemnizar por los daños causados por los mismos.


¿Cómo saber si hubo o no un caso de negligencia médica?
Lo primero que debería hacer la víctima lesionada y su familia sería reunirse con un abogado especializado, y con el suficiente grado de experiencia en este campo.


                Mediante el manejo de sus registros médicos, y su testimonio sincero acerca de lo sucedido, este profesional podrá evaluar el caso y determinar si hubo o no negligencia médica y, por tanto, si procedería la reclamación. Para ello deberán unirse tres factores:

  1. El médico, cirujano o enfermero que te trató debió llevar a cabo una práctica alejada de lo que podría entenderse como un cuidado médico adecuado.
  2. A causa de esa práctica negligente o culposa debiste sufrir algún tipo de lesión o daño físico.
  3. Esa lesión es significativa y/o permanente.

Por supuesto, todos estos puntos habrían de probarse en la práctica, lo cual no está exento de ciertas complicaciones, sobre todo en relación con el primer punto. Y de concurrir estos elementos, procedería la reclamación.


¿Cuáles serían las posibles vías para obtener una compensación económica?
      Pueden distinguirse dos vías diferentes para ello:

  1. El acuerdo extrajudicial entre las partes implicadas, pactándose en el mismo una indemnización que satisfaga a ambas (centro médico o facultativo y paciente).
  2. La reclamación judicial, a través de la correspondiente Demanda por daños y perjuicios.

Tanto en una como en otra tendrá lugar la intervención activa de Compañías Aseguradoras, que se encargan de cubrir a Hospitales, Centros Médicos y facultativos privados de cara a sus posibles casos de responsabilidad por negligencia médica.


¿Cuáles serán los elementos de la compensación?
La Indemnización recogería diversos conceptos, algunos fácilmente determinables y otros incalculables por su propia naturaleza, como vamos a ver a continuación. Son los siguientes:

  1. Las pérdidas económicas.
    1. Los gastos médicos presentes y futuros no cubiertos por el Seguro o la Sanidad Pública.
    2. Los salarios y beneficios no percibidos a causa de la situación de baja laboral derivada de los daños sufridos por la negligencia.
    3. Los ingresos y beneficios futuros perdidos (por ejemplo, en caso de que la víctima de la negligencia hubiera quedado inválida).
  • El dolor y el sufrimiento. Este concepto es indeterminable, y para su cálculo habría de atenderse a las circunstancias propias del caso concreto.

José Alberto Andrío
www.aa-indemnizaciones.com
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